Al matricular a su hijo en un colegio privado, conozca sus derechos

Los padres matriculan a sus hijos en un colegio privado para que reciban una educación más completa y superior a la que se imparte en los colegios públicos. 

En México, la matrícula en escuelas privadas a nivel básico creció 1.76% respecto al ciclo escolar anterior al 2021-2022.

El costo medio anual de la educación básica y medio superior privada en México es de más de 240.000 pesos sólo en concepto de colegiaturas.

Para mantener el orden, la Profeco presenta las siguientes circunstancias en las que se exhorta a los padres de familia a utilizar los servicios de una escuela privada:

  • El costo de la inscripción o reinscripción, la matrícula y, en caso necesario, los gastos de reincorporación deben ser comunicados por la institución por escrito y antes de la inscripción. El estudiante dispondrá de todo lo necesario para completar los programas de estudio si estos productos están pagados.
  • Antes del inicio del nuevo semestre y por escrito, el centro de enseñanza también debe informar a los padres sobre cualquier elemento de costo adicional, como cursos, actividades extraescolares, etc.
  • A lo largo del curso académico, no se puede subir la matrícula sin ponerse previamente en contacto con los padres. Cualquier modificación debe comunicarse al menos 60 días antes del inicio del ciclo de reinscripción. Las subidas de matrícula a mitad de curso sólo se permiten con el consentimiento de la mayoría de los padres o en casos de coacción extrema.
  • Aunque las donaciones son opcionales, la escuela puede pedirlas para ayudar al mantenimiento.
  • Si se notifica a la escuela dos meses antes del inicio del curso escolar, se podrá obtener la devolución del importe de la matrícula debido a circunstancias atenuantes. En caso contrario, la escuela devolverá el dinero y restará la suma acordada previamente del costo de la matrícula.
  • La misma norma se aplica a los uniformes, libros y otros productos; no se puede recurrir a un vendedor concreto ni a la propia escuela para adquirir material escolar. Los precios no pueden ser superiores a los ofrecidos al público en general si se exigen proveedores concretos. Tampoco se pueden exigir libros de texto, material escolar o ropa nuevos.
  • Todos los gastos derivados de actividades cívicas, sociales o recreativas patrocinadas por la escuela (como excursiones o celebraciones del Día de la Madre) son totalmente opcionales y no influyen en las calificaciones de los alumnos. No debería costar mucho dinero a los padres celebrar estos actos durante el horario escolar.
  • La escuela puede suspender el servicio educativo en caso de que no se paguen al menos tres meses de matrícula, pero esta acción requiere un preaviso de 15 días.
  • Los documentos solicitados por el alumno serán enviados por la escuela dentro de los 15 días naturales siguientes a la solicitud, sin costo alguno.
  • En el caso de que los alumnos deban realizar pruebas adicionales, podrán hacerlo de la misma forma que sus compañeros realizando los pagos necesarios. Los derechos expuestos anteriormente siguen siendo de aplicación aunque el alumno abandone la institución por motivos distintos a los mencionados.
  • De acuerdo con la Ley Federal de Protección del Consumidor, mostrar a los alumnos morosos en listas o de cualquier otra forma es contrario a la ley.